El Supremo anula la competencia de tráfico de la Guardia Civil en Navarra

La Sala de lo Contencioso-Administrativo consideró el recurso de la Asociación Profesional de Justicia de la Guardia Civil (Jucil) al considerar que no procede aplicar un real decreto para atribuir competencia no reconocida a Navarra en Lorafna (Ley Orgánica de Reintegración y Mejoramiento del Régimen Foral de Navarra, equivalente al estatuto de autonomía) ni amparada en su Derecho histórico.

Aade el tribunal que estas competencias pueden asumir por parte de Navarra «pero, aunque reformando la Lorafna o bien mediando una ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución», que fue precisamente quien defendió la asociación, en concreto, que de forma previa a este Será entonces necesario modificar la norma equivalente al Estatuto de Autonomía de Navarra.

La sentencia indica que la realidad normativa posterior y anterior a la Lorafna es que la competencia siempre ha sido de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función subordinada.

«La realidad es que de que exista el Estado competente en el momento de promulgarse la Lorafna no se deduce que la Comunidad Foral tenga una competencia que incluya las funciones que, en su lugar, ejerce la Guardia Civil (…), que ejerce in concurrencia «, pero en esta concurrencia Navarra ejerce competencia concreta en las funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil», explica.

Asimismo, la sentencia retoma la alegación que realiza el Gobierno de Navarra de falta de legitimación activa de la asociación Jucil para presentar el recurso ya que «paradjicament», la mejor defensa la hace la propia comunidad autónoma.

Por no decir que el viaje no afecte a la Guardia Civil, es necesario que el viaje afecte a los intereses profesionales, personales y familiares de los Guardias Civiles que sean satisfactorios, ya que pueden cambiar de funciones o seguir trabajos «en otros». destinos’. geográfico, es decir, el yndose de Navarra o, en definitiva, puede integrarse en la Polica Foral de Navarra».

Y para el tribunal, «es evidente que todas estas alternativas influyen, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y hay que impedir su integración en otro cuerpo policial».

Como alegó el Tribunal Popular del Jucil que la decisión afectó a la vida de muchas personas, en particular a los miembros de la Agrupación de Tráfico que abandonaron su trabajo en la Comunidad Foral, «muchos de sus navarros o radicados todos desde entonces, hay muchas cosas que hacer y que están en el cruce de quienes eligen otros destinos en distintos puntos de España, lo que supone cambios importantes tanto para ellos como para su familia».

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